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Nuevo Criterio del IMSS sobre la Integración del Salario Base de Cotización

En materia de prestaciones de Alimentación y Habitación
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha emitido un nuevo criterio con el propósito de orientar a los patrones sobre la correcta integración del salario base de cotización (SBC) en relación con los conceptos de alimentación y habitación. Este nuevo criterio, identificado como 02/2024/NV/SBC-LSS-27-V, fue aprobado por el H. Consejo Técnico del IMSS durante su sesión ordinaria del 25 de junio de 2024.

Detalles del Nuevo Criterio

Según el acuerdo, las prestaciones de alimentación y habitación solo podrán exceptuarse del SBC cuando hayan sido entregadas en especie. Esto significa que si los trabajadores reciben estos beneficios en forma de alimentos o vivienda directamente, pueden ser excluidos del SBC. Sin embargo, si estos conceptos se entregan en efectivo o se depositan en las cuentas de los trabajadores, deberán integrarse al SBC tal como lo establece el primer párrafo del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.

El presidente del Consejo Técnico del IMSS explicó que el objetivo de este criterio es evitar prácticas fiscales indebidas que podrían reducir las prestaciones a las que tienen derecho los trabajadores. El SBC es crucial para calcular las cuotas obrero-patronales, las aportaciones a las Administradoras de Fondo para el Retiro (AFORES) y las del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Por lo tanto, una correcta integración del SBC asegura que los trabajadores y sus beneficiarios reciban las prestaciones completas.

Casos Específicos y Ejemplos

El IMSS ha detectado situaciones donde los patrones etiquetan cantidades de dinero entregadas a los trabajadores como alimentos o habitación sin integrar estos montos al SBC. Esta práctica se considera incorrecta porque no se puede verificar que los recursos se hayan utilizado para los fines declarados. El criterio establece que, para excluir estos conceptos del SBC, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Entrega en especie: Las prestaciones deben ser entregadas en forma de bienes o servicios, no en efectivo ni mediante depósitos.
  2. Forma onerosa: Los trabajadores deben realizar un pago por estos bienes o servicios.
  3. Registro contable: Las prestaciones deben estar debidamente registradas en la contabilidad del patrón.
  4. Uso específico: Debe demostrarse que los recursos se utilizaron para alimentación o habitación.

Si no se cumplen estos requisitos, las cantidades entregadas en efectivo o depositadas deben integrarse al SBC.


Implementación y Publicación

El Consejo Técnico ha instruido a las autoridades correspondientes del IMSS a resolver cualquier duda o aclaración sobre la aplicación de este nuevo criterio. Asimismo, se ha solicitado la publicación del acuerdo y su anexo único en el Diario Oficial de la Federación, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

En resumen, el nuevo criterio del IMSS busca asegurar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones patronales, protegiendo los derechos de los trabajadores y sus familias. Los patrones deben ajustar sus prácticas conforme a estas directrices para evitar sanciones y asegurar que sus empleados reciban las prestaciones correctas y completas.


Consulta la publicación del DOF: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5733018&fecha=11/07/2024#gsc.tab=0

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