El Sistema de Dictamen Electrónico (SIDEIMSS) es una plataforma desarrollada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que permite a los patrones o sujetos obligados, sus representantes legales y a los Contadores Públicos Autorizados, cumplir de manera electrónica con las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social. También se rige por el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) y el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/149.P.DIR del Consejo Técnico del IMSS, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2017.
Firma del Dictamen del IMSS 2025
Para firmar el dictamen de manera electrónica, es necesario utilizar la Firma Electrónica Avanzada (FIEL o e-firma) del SAT del patrón o del representante legal de una persona moral. Además, se debe presentar en línea el pago de las diferencias determinadas y los movimientos afiliatorios de los trabajadores resultantes del dictamen.
Obligación de Dictaminar ante el IMSS 2025
Según el artículo 16 de la Ley del Seguro Social, los patrones que cuenten con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior están obligados a dictaminarse.
Cálculo del Promedio de Trabajadores
Conforme al artículo 152 del RACERF, el promedio de trabajadores se obtiene dividiendo entre 12 el total de trabajadores que prestaron servicios al patrón en cada mes del ejercicio fiscal anterior, considerando todos los registros patronales asignados por el IMSS.
Fechas de Presentación del Dictamen del IMSS 2025
- Aviso para el Dictamen: Debe presentarse a más tardar el 30 de abril de 2025, según el artículo 156 del RACERF.
- Presentación del Dictamen (SIDEIMSS 2025): La fecha límite es el 30 de septiembre de 2025, conforme al artículo 161 del RACERF. Esta fecha se amplió debido a fallas técnicas en la plataforma SIDEIMSS.
Firma del Dictamen
El dictamen debe ser firmado por un Contador Público Autorizado y presentado por el patrón o su representante legal, utilizando la FIEL o e-firma del SAT, conforme al artículo 161 del RACERF.
Consecuencias de No Presentar el Dictamen
Si un patrón obligado no presenta el dictamen, puede ser sancionado y sujeto a una auditoría por parte del IMSS, como una visita domiciliaria o revisión de gabinete.
Sanciones por No Presentar el Dictamen del IMSS 2025
Según el artículo 304 A, fracciones XIX y XX de la Ley del Seguro Social, las sanciones pueden ser:
- Multa de 20 a 75 veces la UMA para quienes optaron por dictaminarse y no lo presentaron.
- Multa de 350 veces la UMA para quienes estaban obligados a dictaminarse y no lo hicieron.
Facultades de Auditoría del IMSS
De acuerdo con el artículo 298 de la Ley del Seguro Social, el IMSS puede auditar hasta cinco años atrás, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación.
Presentación Extemporánea del Dictamen
Si el dictamen se presenta fuera del plazo, las sanciones establecidas en el artículo 304 A, fracciones XIX y XX, y en el artículo 304 B, fracciones I y IV de la Ley del Seguro Social, indican que las multas oscilan entre 20 y 75 veces la UMA para quienes ejercieron la opción de dictaminarse y 350 veces la UMA para quienes estaban obligados a hacerlo.

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